Cómo reclamar por un retraso o una cancelación de vuelo: guía actualizada
Hasta octubre de 2027 se reclama con las normas actuales: hasta 600 euros por pasajero, en tres pasos y sin necesidad de abogado.
Si tu vuelo llega con tres horas o más de retraso, se cancela con poca antelación o te niegan el embarque, puedes tener derecho a una compensación de 250, 400 o 600 euros por pasajero, además de asistencia y reembolso. Esta guía explica cómo reclamar hoy en España y qué cambiará con el nuevo reglamento europeo.
Qué vuelos están cubiertos. Todos los vuelos dentro de la Unión Europea, los que salen de la UE con cualquier aerolínea y los que llegan a la UE con una aerolínea europea.
Cuánto te corresponde. 250 euros en vuelos de hasta 1.500 kilómetros; 400 euros en vuelos dentro de la UE de más de 1.500 kilómetros y en el resto de vuelos de entre 1.500 y 3.500; y 600 euros en los de más de 3.500. Si la aerolínea te ofrece un vuelo alternativo y llegas con menos retraso del que marca la norma, la cantidad puede reducirse a la mitad. El derecho a compensación por retrasos de tres horas o más lo estableció el Tribunal de Justicia de la UE en la sentencia Sturgeon, de 2009.
Cuándo no hay compensación. Cuando la aerolínea demuestra circunstancias extraordinarias, como decisiones del control aéreo, mal tiempo o riesgos de seguridad. La mayoría de las averías técnicas y las huelgas de su propio personal no cuentan como tales. Tampoco la hay si te avisaron de la cancelación con más de 14 días de antelación, y hay reglas específicas si te avisan con menos tiempo y te ofrecen un vuelo con horarios parecidos. La aerolínea tiene que probar cuándo te avisó.
Lo que te deben siempre. Aunque no haya compensación, durante la espera la aerolínea tiene que darte comida y bebida, dos llamadas o mensajes y, si la salida pasa al día siguiente, hotel y traslados. Si cancelan el vuelo o te niegan el embarque, eliges entre el reembolso en siete días o un vuelo alternativo; con un retraso de cinco horas en la salida también puedes pedir el reembolso.
Paso 1: reclama a la aerolínea. Hazlo por escrito y guarda la tarjeta de embarque, la reserva y cualquier aviso. AESA indica un plazo de cinco años desde el vuelo. Si en un mes no responden, o la respuesta no te convence, pasa al siguiente paso.
Paso 2: reclama ante AESA. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea tramita gratis las reclamaciones de vuelos que salen de España, o que llegan desde fuera de la UE con una aerolínea europea. Tienes un año desde tu reclamación a la aerolínea y se presenta por internet en su sede electrónica. Para vuelos desde el 2 de junio de 2023, su resolución obliga a la aerolínea, que tiene un mes para cumplirla; a ti no te obliga, así que después puedes ir a los tribunales. AESA no tramita reclamaciones de equipaje ni de otros daños, como un hotel pagado de tu bolsillo o un evento perdido.
Paso 3: los tribunales. Para reclamaciones de hasta 2.000 euros no necesitas abogado ni procurador: basta una demanda sencilla con formulario. Desde 2025 hay que acreditar antes un intento de acuerdo, para lo que sirve la reclamación por escrito a la aerolínea.
Las agencias de reclamación cobran solo si ganan, normalmente una comisión de entre el 25 % y el 35 % de lo que obtengas. Es cómodo, pero siguiendo estos pasos puedes quedarte con el importe completo.
Qué cambia en octubre de 2027. El Reglamento (UE) 2026/2202 se aplicará desde el 23 de octubre de 2027. Mantiene las tres horas y los importes actuales, obliga a la aerolínea a informarte en las 96 horas siguientes al viaje y a responder en 30 días, y fija un plazo de nueve meses para reclamar la compensación. Incluye una lista orientativa de circunstancias extraordinarias y prohíbe negarte el embarque en la vuelta por no haber volado a la ida.
Qué significa
Nuestro consejo: reclama siempre por escrito y guarda pruebas desde el aeropuerto, como una foto del panel de salidas con la hora. Si tu vuelo es anterior a octubre de 2027, tienes margen de sobra; después, el plazo se acorta a nueve meses. Y antes de pagar a una agencia, prueba con AESA: es gratis y, desde 2023, su decisión obliga a la aerolínea.
También: Tu Europa · derechos de los pasajeros aéreos · AESA · preguntas frecuentes · Consumo · resoluciones vinculantes de AESA · OCU · reclamar sin abogado · BOE · Reglamento (UE) 2026/2202
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